miércoles, 30 de septiembre de 2015

Horas Extra: El mayor robo de la historia

El 58% de las horas extraordinarias que se trabajan cada semana en España son impagadas


Ilustración Byron Mahler

Cada semana se realizan en las empresas españolas más de seis millones y medio de horas extraordinarias, aquellas que se trabajan por encima de la duración máxima de la jornada fijada en el convenio colectivo o en el contrato. Tiempo hurtado al descanso, a la lectura, a la compañía y cuidado de las personas queridas, a pasear, a escuchar, al juego, a hacer el amor, a vivir. Tiempo entregado, y aquí está lo más sangrante, sin apenas compensación en gran parte de las empresas: casi cuatro millones de esas horas extraordinarias semanales son impagadas.

Concretamente, cada semana las plantillas ‘regalan’ 3.904.100 horas a las empresas, según los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) correspondientes al segundo trimestre de 2015.

Para Pablo Agustín Villén, secretario de acción sindical de CNT Aragón-La Rioja, las horas extraordinarias son en la actual coyuntura un mecanismo para variar ritmos de trabajo y conseguir una producción “a la carta”. Persigue un doble objetivo: ahorro para los empresarios, al evitarles contrataciones que de otro modo serían imprescindibles, y precarización del mercado de trabajo, por cuanto contribuyen a una mayor tasa de desempleo.

El Estatuto de los Trabajadores fija en ochenta el número máximo de horas extraordinarias que se pueden hacer al año y señala el carácter voluntario de su prestación, algo que Sira del Río, ex secretaria confederal de la Mujer en CGT, cuestiona con firmeza:
“Hay una absoluta coacción por parte de las empresas y la amenaza de no renovación del contrato o del despido directamente siempre pende sobre una negativa a realizar horas extraordinarias, incluso de forma gratuita. Por otro lado, la precariedad de los salarios hace que estas horas, cuando se pagan, se vivan como un complemento imprescindible para llegar a fin de mes”.

Mucho más por menos


La trascendencia de las horas extraordinarias es especialmente significativa en un mercado laboral asolado por el paro y en el que la contratación a tiempo parcial se ha impuesto como modelo. El informe Análisis de las horas de trabajo y la jornada laboral en España 2008-2014, realizado por la central sindical UGT y publicado en enero de 2015, abunda en datos sobre la evolución de la jornada durante este periodo de crisis y recesión.

Más de la mitad, en torno al 56%, de asalariados que efectuó horas extra en 2014 no las cobró, señala el estudio de UGT, mientras en 2008 esto le sucedía a una proporción muy inferior, a un 35%. Del total de horas extraordinarias que realizaron las plantillas el año pasado, prosigue el informe, un 52% no se remuneraron. Un peso que ha crecido 14 puntos desde 2008. En la otra cara, las horas extra pagadas han perdido ese mismo peso en este tiempo.
“según algunas fuentes, si se eliminaran sólo las horas extra que no se pagan se podrían crear 75.000 empleos. Es una cifra absolutamente escandalosa. Si añadiéramos las horas extra pagadas, el número de empleos que podrían crearse sería mucho mayor”. 

¿Qué hago si me obligan a echar horas extra?


La denuncia a la Inspección de Trabajo cuando se superan las ochenta horas extra anuales y la reclamación de cantidad por vía judicial en el caso de las impagadas son los caminos para hacer frente a unos abusos que se producen habitualmente mediante amenazas para llevar a cabo algo que, sobre el papel, es voluntario. El miedo, siempre presente en las relaciones laborales.
“La facilidad que tienen las empresas para llevar adelante estas represalias se puede contrarrestar si la negativa del trabajador o trabajadora a realizar las horas extraordinarias se realiza de tal modo que queden pruebas de ello, por ejemplo si se hace por escrito y con acuse de recibo, algo a lo que no estamos acostumbrados ya que solemos comunicarnos de manera preferentemente verbal con nuestros superiores, y que sería bueno generalizar”

Carretero apela a la acción conjunta y a una reorientación sindical para revertir la implantación de las horas extraordinarias.
“Se necesita que la plantilla actúe como una piña y se niegue a realizar horas extraordinarias no obligatorias. Además, los sindicatos deben intentar evitar pactar horas extra estructurales en los convenios, como han venido haciendo los mayoritarios. Eso implica un contrapoder sindical fuerte que pueda obligar a mantener la estabilidad laboral de los trabajadores que no realizan las extras y que, a la hora de negociar el convenio, se centre en la creación de empleo indefinido y con garantías, evitando las contrataciones precarias y la sustitución de trabajo estructural por estudiantes en formación”.

¿Y las autoridades laborales?, ¿cuál es su papel en esta historia?, ¿no deberían intervenir para impedir las horas extra teniendo en cuenta la altísima tasa de desempleo? La respuesta es que ni están ni se las espera.
“se permite la realización de horas extraordinarias por la misma razón que se permiten los ERE en empresas que no tienen pérdidas, por la misma razón que se permite el despido libre, llamado improcedente en nuestra legislación, y que valida la posibilidad de cesar a un trabajador sin ningún motivo con tal de indemnizarle, etcétera. Es decir, esta permisividad por parte de las instituciones no es casual sino intencionada, y responde al modelo social que se pretende implementar, ahondando en la supresión de derechos históricamente alcanzados por la clase trabajadora, y poniendo siempre la maximización de beneficios por parte del empresario por encima de cualquier atisbo de dignidad y calidad de vida entre la mayoría social que componemos las trabajadoras”.

Las horas o la vida


Quedarse a echar unas horas extra afecta de manera distinta a ellas y ellos. Una desigualdad que no es sino consecuencia de la brecha de género existente en un mercado laboral en el que hay diferencias salariales para el mismo empleo y que se enmarca en un contexto más amplio: quién realiza las tareas para hacer sostenible la vida, más allá del trabajo.
“Aunque se va avanzando, las mujeres nos seguimos haciendo cargo de forma absolutamente mayoritaria de las tareas de cuidados y vinculadas a la sostenibilidad de la vida, por lo que la realización de horas extra, las que se realizan en el empleo, es muy difícil. Esta falta de disponibilidad, que tiene que ver con las tensiones inherentes a dos lógicas antagónicas, la de los cuidados y la de los mercados, siempre se saldará en contra de las mujeres”

opina Del Río, quien recalca que la organización de la sociedad se hace en torno a las necesidades de los mercados y no de las personas.

jueves, 10 de septiembre de 2015

Encadenados a Sopra: Cláusula de permanencia

Si acabas de licenciarte y estás pensando en enviar tu CV a Sopra hay una cosa muy importante que tienes que saber antes de firmar nada.

Antes de entrar a trabajar se suele incluir a las nuevas incorporaciones en un periodo de formación tecnológica en Java o en Cobol de 17 días, unas 117 horas.

Esta formación está supeditada a la permanencia en la empresa por un periodo de 2 años de acuerdo a una cláusula, que figura como "PACTO DE PERMANENCIA" en el contrato: 
(Es un contrato de 2014, el precio por hora puede variar)

Esto qué implica 
Si firmas el contrato, estás aceptando una permanencia en la empresa de dos años. O sea, que si la empresa te despide (y el despido es declarado procedente) o decides rescindir el contrato antes de esos dos años, deberás abonar una parte del precio (que estima Sopra) de la formación, en proporción al tiempo que hayas trabajado... Vamos, como la permanencia del móvil.



Si el precio por clase se estima de 20 h y das 117 h, el total son 2340€. Haz cálculos; si, por ejemplo, te hartas de trabajar en Sopra en un año, debes abonar 1170€ para marcharte.

Esto no sería tan grave si la formación fuera útil y de calidad, pero l@s compañer@s que han recibido esta formación nos comentan que la formación es mala y no se aprende, ya que las clases son impartidas por trabajadores de Sopra sin titulación alguna como formadores. Por otra parte en la mayoría de casos la formación no tiene relación alguna con el trabajo desempeñado, con lo que los conocimientos adquiridos se pierden.

Pero, ¿esto es legal?
¿A que parece que no hay base legal para esto? Pues la hay, el artículo 21 punto 4 del Estatuto de los Trabajadores dice que:

"Cuando el trabajador haya recibido una especialización profesional con cargo al empresario para poner en marcha proyectos determinados o realizar un trabajo específico, podrá pactarse entre ambos la permanencia en dicha empresa durante cierto tiempo. El acuerdo no será de duración superior a dos años y se formalizará siempre por escrito. Si el trabajador abandona el trabajo antes del plazo, el empresario tendrá derecho a una indemnización de daños y perjuicios." 

claro que en Sopra se hace un uso indiscriminado de este artículo para encadenar a la gente a la empresa.

Desde esta sección queremos denunciar que:
No hay pacto: pese a existir un pacto contractual, no existe posibilidad de no aceptar dicha cláusula (si se quiere trabajar en Sopra). Al estar en el contrato, o lo firmas o no entras en la empresa. Son lentejas.

La cantidad reclamada por formación no guarda relación con los precios de mercado. Máxime, si tiene en cuenta que la formación estaba financiada por la Fundación Tripartita, la Unión Europea y Sopra Informática, S.A. 

La motivación de Sopra al "pactar" con los trabajadores una formación no es tener trabajadores bien formados y más productivos, sino reducir la rotación de los trabajadores peor remunerados, esto es tenerlos encadenados al menos 2 años.

Y es que son el colectivo que más deja la empresa, sobre todo a partir de los dos años, tiempo más que suficiente para que la gente empiece a darse cuenta de dónde se ha metido.

Por todo esto queremos pedir a la empresa que elimine esta cláusula. Existen mejores maneras de incentivar la permanencia en la empresa. Sin pensar mucho, se nos ocurren cosas como tratar dignamente a las personas que trabajan en ella, por ejemplo.

Si tienes alguna duda sobre el tema contacta con nosotr@s. 

sábado, 15 de agosto de 2015

Eximido de trabajar

Hace algunas semanas se conoció la sentencia por la que Sopra Group era condenada a readmitir al trabajador despedido por negarse a hacer guardias. Así pues, la empresa pagará al trabajador todos los salarios desde el día del despido y continuará pagándole el salario.

Sin embargo, en la comunicación enviada, la empresa indica que el trabajador está eximido de ir al puesto de trabajo. 

Sopra se ampara para tomar esta extraña decisión, en el artículo 297 ap. 1 de la Ley reguladora de la jurisdicción social:
Cuando en los procesos donde se ejerciten acciones derivadas de despido o de decisión extintiva de la relación de trabajo la sentencia declare su improcedencia y el empresario que hubiera optado por la readmisión interpusiera alguno de los recursos autorizados por la Ley, éste vendrá obligado, mientras dure la tramitación del recurso, a satisfacer al recurrido la misma retribución que venía percibiendo con anterioridad a producirse aquellos hechos y continuará el trabajador prestando servicios, a menos que el empresario prefiera hacer el abono aludido sin compensación alguna.

Esta sección quiere comentar varias cosas sobre esta decisión:
  1. No se trata de una negociación en la que el trabajador haya aceptado estas condiciones para dejar de trabajar. Es una decisión unilateral de la empresa. La actividad sindical continuará como hasta el momento.    
  2. La empresa pretende con esto mantener a un trabajador que lucha por sus derechos alejado del resto de la plantilla para evitarse problemas. Prefiere pagar un salario por no ir a trabajar, que tener en la empresa a alguien que ha defendido su dignidad y ha ganado.    
  3. Cuando la empresa alegue que no hay dinero para esto o para lo otro, hay que recordar que para lo que les da la gana, no reparan en gastos.

lunes, 3 de agosto de 2015

Sopra Group, condenada a readmitir a un trabajador despedido por negarse a hacer guardias

Seis meses después de los despidos de tres compañeros, se ha publicado la sentencia por la que Sopra será obligada a readmitir a un trabajador al que sancionó y despidió por negarse a hacer unas guardias que habían sido declaradas ilegales por otra sentencia anterior.

Después de varios meses de lucha, el trabajador deberá percibir los salarios de tramitación de los meses en los que ha estado despedido —con su correspondiente cotización a la Seguridad Social— y ser readmitido en la empresa en las mismas condiciones.

Los otros dos compañeros decidieron aceptar el despido, después de que Sopra reconociera la improcedencia y se acordara una indemnización mayor a la que marca la ley.

Después de imponer unas guardias ilegales, sancionar, despedir y llevar al encargadillo de turno a ganarse el sueldo mintiendo como un bellaco en la vista oral (seguro que están a punto de poner la empresa a su nombre), esperamos que Sopra entre en razón y abandone de una vez estas acciones esperpénticas y despóticas contra los y las trabajadoras que solo están defendiendo sus derechos y su dignidad.

Volvemos a insistir, las guardias son voluntarias nadie tiene que aceptar hacer guardias por miedo. Si Sopra te presiona, contactas con nosotr@s. Desde esta sección, con el apoyo de la Coordinadora de Informática de CGT seguiremos, como hemos hecho siempre, defendiendo los derechos de la plantilla

Si bien las sentencias nos están dando la razón, es necesario que todos los y las trabajadoras nos unamos para poder seguir defendiéndonos cada vez con más fuerza.

La lucha es el único camino.

lunes, 18 de mayo de 2015

Discriminación de genero en Sopra-Steria

Hoy queremos felicitar a una compañera de Francia que sufrió discriminación por ser mujer.
Pese a tener más experiencia que otros compañeros, cobraba menos. Tras denunciar esta situación la despidieron. Junto con la CGT de Sopra-Steria Francia inició una batalla legal que ha terminado con el reconocimiento  que efectivamente es un caso de discriminación de género y con su readmisión.

Este caso nos tiene que servir de ejemplo, si la empresa abusa hay que responder: La lucha es el único camino

CONFIRMACIÓN DEL TRIBUNAL DE APELACIÓN
DISCRIMINACIÓN DE GÉNERO EN SOPRA-STERIA,
TRABAJADORA READMITIDA

El día 7 de marzo de 2014 la magistratura de trabajo de Boulogne tomó una decisión ejemplar señalando la discriminación por genero contra una trabajadora.
La Dirección de la Sopra-Steria apeló esta decisión. El 5 de mayo de 2015, el Tribunal de Apelación de Versalles confirmó la sentencia en primera instancia:
    Condena de Sopra Steria por discriminación de género (salario y desarrollo profesional)
    Nulidad del despido

El Tribunal de Apelación de Versalles va aún más lejos al ordenar la reincorporación de la trabajadora.
Esta resolución es un hito en la lucha por la igualdad en el lugar de trabajo y no sólo en Sopra-Steria.
Esto desmiente todas las declaraciones autocomplacientes de Sopra-Steria sobre su supuesto respeto de los principios de igualdad profesional.
Este caso confirma el enfoque de la CGT y su UGICT en las empresas. Sirve de apoyo a nuestros activistas para luchar eficazmente contra la discriminación, incluida la discriminación de género.
Es también y sobre todo un maravilloso mensaje de aliento para todos las empleadas que sufren esta discriminación, que son una ofensa a su dignidad.








sábado, 25 de abril de 2015

Solidarité de Force Ouvrière Haute-Garonne

Desde la sección sindical de Force Ouvrière en Haute Garonne se hacen eco de los despidos por negarse a hacer guardias en el boletín de abril, que se difunde en los centros de Toulouse y Colomiers.

Boursicoter, ou bien investir ?  Surtout sans accord d'entreprise ou de branche, il est en général possible de les refuser les astreintes :  la Dirlo.Espagnole de Sopra–Steria a été judiciairement condamnée pour son mépris de ce droit et à lever toute sanction infligée ;  Sopra–Steria a alors licencié des collègues ayant refusé :  qu'ils lisent ici notre disponibilité pour la solidarité.





















Merci camarades, nous continuons avec la lutte pour la réadmission des collègues licenciés

LA LUTTE EST LE SEUL CHEMIN!!.

viernes, 24 de abril de 2015

CCOO enseña la patita en el #ConvenioTIC

Hace un mes nos preguntábamos cómo se podía anunciar como ‘luz al final del túnel’ una propuesta netamente agresiva de la patronal contra los derechos de los trabajadores del sector TIC.

 …Y ahora se va comprendiendo, ya que a medida que avanzan las negociaciones las ambigüedades de unos y otros van cayendo. CCOO TIC ha presentado su ‘propuesta de mínimos’ ante la patronal del sector y tiene elementos ciertamente sorprendentes.


No vamos a detenernos en puntos menores ni los que supondrían mejoras actuales, ya que está por ver si tendrán el destino de las hojas de un hayedo en otoño.

Los empresarios quieren de los trabajadores 2 cosas: Reducir la relación salario-trabajo (pagar menos) y tener la disponibilidad del trabajador en sus manos (es mi recurso y lo muevo como me da la gana). CCOO TIC entra en ambos aspectos en su propuesta.

Creemos remarcables puntos de la propuesta objetivamente negativos para los derechos de los y las trabajadoras del sector TIC:

 -Doblar el límite legal de jornada irregular diaria, de una a dos horas:

 La jornada irregular es una herramienta por la que el empresario puede obligar a un trabajador a cambiar su horario de trabajo o ampliarle la jornada el tiempo que considere con un límite anual. ¿Tu vida privada? Irrelevante.

 Si el trabajador se niega, despido procedente. No se compensa, el tiempo trabajado de más, simplemente se recupera en otro momento. Es ‘la hora extra involuntaria gratis’.

 Los dirigentes de CCOO Servicios han planteado en su propuesta pasar del límite actual de una hora máxima diaria en que el empresario puede obligar a alguien a quedarse a trabajar a dos. El doble. Jornadas de hasta 10 horas diarias. Ya puedes decirle adiós a tu vida privada si se le da esa herramienta a tu gerente. Recuerda, no puedes negarte.

Esta agresión se maquilla con una rebaja del cómputo máximo anual, aceptable por las empresas para así obtener una horquilla diaria amplia, a usar cuando quieran. Repetimos, este retroceso no lo propone la patronal sino CCOO.

-Clasificación profesional: 

Dice CCOO que se debe asegurar que ‘nadie pierde en la transición a un nuevo sistema de clasificación’, hablando en plata significa ‘que las plantillas actuales sigan cobrando lo mismo’.

¿Y las nuevas contrataciones? ¿Y cuando cambies de empresa? De eso no se dice nada. Tenemos experiencia de sistemas de clasificación en otras empresas donde CCOO y UGT crearon una fragmentación de categorías que, a la práctica, supone que un trabajo actual de programación, por ejemplo, se realice por el 81% del sueldo mínimo de convenio actual.

-Antigüedad:

Tras diversos coqueteos con su venta, vuelve a entrar en la categoría de ‘no negociable’. ¿Continuará allí mucho tiempo?

-Contratación:

Detrás de las filigranas literarias intuimos un posible incremento en la vigencia de contratos temporales.

Hay una certeza y muchas ambigüedades. Nos preguntamos si los y las afiliadas a CCOO estaban informadas de la propuesta de jornada irregular entregada por el sindicato, si se les preguntó y  si participaron en esa decisión.

Nos tememos que vendrán más sorpresas y probablemente negativas en aspectos como disponibilidad del trabajador por las empresas y fragmentaciones salariales. Ambas partes (UGT está quedando como invitado de piedra en estas reuniones) se dan de tiempo hasta el 30 de Abril.


¿Celebraremos el 1º de Mayo con el peor convenio TIC de la historia?

Fuente: http://www.cgtinformatica.org/content/ccoo-ense%C3%B1a-la-patita-en-el-conveniotic

martes, 21 de abril de 2015

Sopra ofrece más de la indemnización máxima a los empleados despedidos

Tras los injustos despidos de tres empleados en Sopra por negarse a hacer guardias, ha tenido lugar el acto de conciliación por la demanda de impugnación.

El representante de la empresa, casi antes de dar los buenos días, ha ofrecido la indemnización máxima por despido improcedente (45 días por año trabajado hasta febrero de 2012 y 33 a partir de esa fecha). Ante la negativa de uno de los despedidos, la empresa ha ofrecido una cantidad aún mayor: 50 días por año trabajado. Lo que sea para evitar la readmisión.

Esta oferta demuestra que la empresa es perfectamente consciente de que el despido fue un mero acto de represión, y de que tiene todas las de perder en caso de llegar a juicio. Como John Hammond, no repara en gastos cuando se trata de silenciar a empleados que conocen sus derechos, los ejercen e informan a sus compañeras y compañeros.

Es una demostración también de que la lucha sindical que hemos llevado a cabo sirve para que Sopra sepa que cualquier agresión tendrá respuesta, y que su imagen de empresa "líder en el sector" se puede ver muy dañada.

La conciliación se firmó sin avenencia. No es una cuestión de dinero, sino de derechos. Las empresas están muy acostumbradas a hacer lo que les da la gana y a librarse fácilmente de quien les molesta, pero eso se acabó.

La lucha por la readmisión continúa.

domingo, 15 de marzo de 2015

No hay cambio sin lucha obrera. El 21M todas y todos a la calle

Convocadas por las Marchas de la Dignidad, desde todos los puntos del Estado Español, distintas columnas de activistas y luchadores,  se movilizarán para confluir en Madrid el 21 de marzo, en conmemoración de la gran manifestación del 22M que concentró  a centenares de miles de trabajadoras y trabajadores el año pasado. La razón es evidente: la situación, lejos de mejorar ha empeorado con un enorme aumento de la represión para mantener la política de saqueo de lo público que la Troika define hipócritamente como “austeridad”.




Ante esta realidad acuciante, que ha remover las conciencias de todas las personas de buena voluntad y sensibles ante los enormes sufrimientos que las actuales políticas están infligiendo a nuestros pueblos, los distintos sindicatos y colectivos sociales que actualmente integramos el Bloque combativo y de clase, manifestamos que:


  • Las organizaciones sindicales deben estar sólo al servicio de los/as trabajadores/as (en activo, parados/as, precarias/os, estudiantes, jubilados/as...), de sus intereses como clase social y actuando al margen de favores económicos y de injerencias políticas ajenas al mundo del trabajo. Su ámbito de lucha y lugar natural de acción está en el plano económico, en los tajos, enfrentándose a la precariedad, el paro, la pérdida de derechos laborales, oponiéndose al empeoramiento de las condiciones de vida de los/as trabajadores/as.
  • Entendiendo que las personas no somos meras productoras-consumidoras, debemos solidarizarnos y confluir en las luchas con los movimientos sociales que defiendan todo aquello que nos es necesario y común como clase: sanidad, educación, servicios sociales, protección del medio ambiente, derecho a la vivienda, al aborto libre y gratuito... y construir así una corriente de apoyo mutuo en la contestación social.
  • Los servicios públicos y sociales no son una donación caritativa sino el fruto de lo obtenido a consecuencia de las luchas de los/as trabajadores/as que nos precedieron. Son conquistas de la clase obrera a las que no podemos renunciar. Tenemos que preservar y fortalecer estos derechos y reclamar nuestra participación en su gestión como trabajadores/as y usuarios/as.
  • Defendemos el concepto de sindicato como herramienta de lucha colectiva imprescindible contra el capitalismo. Denunciamos y nos oponemos a la actuación y el papel del sindicalismo oficial, y a la falsa representación que se otorgan de todos los/as trabajadores/as. Su propia trayectoria, actuaciones y comportamientos hablan por sí mismos. El descrédito del sindicalismo, la baja sindicación de los/as trabajadores/as y la pérdida de la conciencia de clase es su único logro en más de tres décadas, entre otros motivos a causa de su insultante nivel de corrupción y clientelismo.
  • Creemos que es necesario recuperar los valores y el orgullo de pertenecer a la clase obrera. Somos mayoría. Sin nosotros/as nada es posible. Debemos construir y reforzar todas las herramientas encaminadas al reparto equitativo de la riqueza entre todas las personas, exigir respeto y derechos, y organizarnos para oponernos a las agresiones laborales y sociales que está llevando a cabo la clase empresarial y política al unísono para aumentar y defender sus beneficios y privilegios, a costa de nuestros sacrificios y del futuro de las siguientes generaciones.
  • La clase trabajadora sufre desahucios mientras es obligada a financiar obras faraónicas, útiles sólo para llenar los bolsillos de políticos, empresarios y banqueros; allá donde les interesa destruyen el tejido productivo y el empleo, y nos encaminan hacia una crisis no sólo económica, sino energética y de recursos.
  • Reivindicamos la huelga general como la mayor herramienta de lucha en manos de los trabajadores. Afirmamos su efectividad y vigencia, así como la necesidad de articularla fuera de los viejos parámetros de la fábrica o el taller. Huelga general de la producción sí, pero también de consumo y social, de 48 horas o las que sean necesarias. No queremos otro paro general de 24 horas de cara a la galería que contribuya a provocar más frustración y desmovilización entre los/as trabajadores/as.
  • Trabajaremos conjuntamente para intentar construir una huelga real desde abajo, con los/as trabajadores/as, junto a los movimientos sociales. Esa huelga ya ha sido convocada desde las instancias representativas de las Marchas de la Dignidad. Queremos contar con todos aquellos que quieran construirla al margen del sindicalismo oficial.
  • Promoveremos una huelga general al margen de pretextos como la presentación de los presupuestos del estado o los calendarios electorales, para evitar injerencias de partidos políticos. Éstos siempre pueden secundar y apoyar la huelga, pero no utilizarla para sus propios intereses.
  • Los abusos que sufrimos día a día en los puestos de trabajo, la precariedad, el paro, las reformas laborales, la pérdida de poder adquisitivo y el empeoramiento de las condiciones de vida, junto a la actitud cada vez más despótica y prepotente de la patronal, constituyen por sí solas razones sobradas no para una huelga, sino para unas cuantas.
  • El actual nivel de represión por parte del estado hacia los movimientos sociales y sindicales no es más que su respuesta natural en defensa de los privilegios de las clases sociales a las que representa: políticos/as, banqueros/as, empresarios/as... Sólo hay que ver la reciente detención, en Madrid, de 18 activistas contra los desahucios por hacer llegar sus protestas a un pleno municipal, o la condena penal a varios compañeros de la minería de Asturias por defender las condiciones mínimas de seguridad en su trabajo.
  • Rechazamos cualquier ley de huelga, porque su único objetivo real es eliminar de facto este derecho, o como poco controlarlo y criminalizarlo para anular la capacidad de impacto de una respuesta obrera a sus ataques económicos y políticos contra los/as trabajadores/as.
  • Defendemos los piquetes, el boicot y cualquier mecanismo que utilicen los/as trabajadores/as para defender sus legítimos intereses.
  • Denunciamos el falso discurso del derecho al trabajo cuando sólo se utiliza y abandera si existe una convocatoria de huelga, convirtiéndose en papel mojado dicho derecho el resto del tiempo. Derecho al trabajo sí, pero digno, para todos/as, y todos los días. Basta de manipulaciones que fomentan el esquirolaje, el miedo y la división entre la clase trabajadora.
  • Entendemos que ningún cambio real es posible sin el concurso y la movilización de la clase obrera. Si se pretende algo más que lavar la cara al régimen, procurando que todo cambie para que nada cambie,  la participación de la clase trabajadora es imprescindible. De hecho, constituye la única posibilidad real de quebrar el status quo favorable a las oligarquías, tanto a nivel estatal como europeo. Sin que la clase trabajadora tome la palabra no hay salida a la Europa de la austeridad y a un sistema en manos de oligarquías antisociales.
  • Invitamos públicamente a sumarse a la manifestación y las columnas de las Marchas de la Dignidad, el día 21 de marzo y los días precedentes,  a todas aquellas organizaciones sindicales y movimientos sociales, trabajadores y trabajadoras y ciudadanos de bien, que compartan los objetivos básicos enumerados en este comunicado. Conscientes de que todos somos necesarios y podemos aportar en este proceso de contestación social y de construcción de una huelga general real.


Nos movilizamos por dignidad, porque se está demostrando que la lucha es el único camino.

¡No hay cambio sin lucha obrera!

¡Hacia la Huelga general!

BLOQUE COMBATIVO Y DE CLASE:
Alternativa Sindical de Trabajadores (AST); Baladre; Confederación General del Trabajo (CGT); Confederación Nacional del Trabajo (CNT); Comisiones de Base (CoBas); Coordinadora Sindical de Clase (CSC); Intersindical de Aragón (IA); Sindicato Asambleario de Sanidad (SAS); Sindicato Único de Trabajadores Solidaridad Obrera (SO)

miércoles, 11 de marzo de 2015

¡Si no hay readmisión, volveremos!

      


Ayer martes 10 de marzo tuvo lugar una nueva jornada de lucha contra la represión laboral y antisindical en Sopra.

La lucha continúa para conseguir la readmisión de los 3 trabajadores despedidos por ejercer sus derechos. Ayer, la sede central de Sopra Group en Manoteras fue escenario de una concentración en la que no solo exigimos la readmisión de los compañeros, sino que también informamos sobre las actitudes represivas de Sopra a sus trabajadores y a los de las empresas de la zona. La dirección de la empresa ya debería ir teniendo claro que reprimir y despedir no sale gratis.

Continuamos exigiendo la readmisión de los compañeros. En caso de que no se produzca, seguiremos mostrando a la empresa y al resto de trabajador@s que ante la represión no dejaremos de actuar. La lucha es el único camino.

El mensaje para Sopra es claro: Se acabó el pisotear impunemente los derechos y la dignidad de los trabajadores y las trabajadoras. Cada agresión tendrá su respuesta

Ademas animamos a los compañer@s, a no sentirse coaccionados a hacer guardias. Insistimos, las guardias son de realización voluntaria.

Queremos dar las gracias a las compañeras y compañeros que nos están apoyando en nuestra lucha contra el terrorismo patronal

Si tocan a una, nos tocan a todas.  ¡Si no hay readmisión, volveremos!

sábado, 7 de marzo de 2015

Message de Solidarité de la CGT SOPRA-STERIA

Nos ha llegado este comunicado de CGT Sopra-Steria, sección sindical de La CGT en Francia, en solidaridad con los compañeros represaliados: 
Mensaje de Solidaridad de CGT SOPRA-STERIA
La CGT de SOPRA STERIA expresa su solidaridad con las batallas libradas por la CGT de Sopra España.
El Derecho de lxs trabajadorxs a organizarse es un derecho inalienable en todo el Grupo Sopra.
La CGT SOPRA STERIA exige la readmisión de nuestrxs compañerxs despedidxs.
Message de Solidarité de la CGT SOPRA-STERIA
La CGT SOPRA STERIA exprime sa solidarité avec les batailles livrées par la CGT de Sopra Espagne.
Le droit des travailleurs de se organiser est un droit inaliénable dans le Groupe Sopra.
La CGT SOPRA STERIA exige la réintégration de nos camarades licenciés.

Merci camarades. LA LUTTE EST LE SEUL CHEMIN!!.

martes, 24 de febrero de 2015

Concentración día 10 marzo por la readmisión de los compañeros represaliados por Sopra Group

Concentración:  Martes 10 de marzo
Hora: 13:00
Lugar: Oficinas centrales de Sopra
C/Manoteras, 48 (Esquina Fuente de la Mora)
Madrid



El próximo martes día 10 de marzo CGT convoca una concentración a las 13:00h en la sede central de Sopra Group (C/ Manoteras, 48, esquina con Av. Fuente de la Mora) en apoyo a los compañeros represaliados por la empresa.

Exigimos la readmisión de los compañeros despedidos hace dos semanas por negarse a hacer guardias y por ejercer sus derechos a la tutela judicial y a la libertad sindical.

miércoles, 18 de febrero de 2015

DESPIDOS EN SOPRA GROUP POR NEGARSE A HACER GUARDIAS

Hace unas semanas se hizo pública una sentencia judicial que revocaba la sanción impuesta por Sopra Group a un trabajador que se negó a hacer guardias. La sentencia confirmaba que la realización de guardias es voluntaria y que la empresa había actuado de forma arbitraria al expedientar al trabajador.

Pues bien, hemos conocido que la semana pasada tres trabajadores del CSGI han sido despedidos por la empresa. Dos de ellos se habían negado a hacer guardias y un tercero estaba pendiente de juicio por haber sido expedientado. Además uno de ellos es el secretario general de la Sección Sindical de CGT.

Con esta vergonzosa actitud, esta empresa líder en el sector ha vulnerado al menos dos derechos fundamentales de los trabajadores despedidos, y por extensión, de toda la plantilla:

  • La tutela judicial efectiva. La empresa no puede tomar represalias contra l*s trabajador*s que ejercen este derecho y denuncian. Además, en este caso, se está haciendo caso omiso del fallo de un juez
  • La libertad sindical. No se puede represaliar a quien realiza actividad sindical por muy molesto sea.

Por todo esto la dirección sabe tan bien como nosotr*s que se trata de despidos nulos. Ante un juicio estos despidos no se sustentan. ¿Por qué se arriesga Sopra a un proceso en el que sabe que tiene todas las de perder?

Las guardias que realizamos fuera de nuestro horario son un parte muy importante del modelo de negocio de Sopra y se está gestando una rebelión que se puede extender al resto de centros. La razón de estos despidos no es otra que cortar de raíz cualquier postura insumisa dentro de la plantilla.

De un golpe tratan de librarse de quien les resulta incómodo para conseguir amedrentar al resto de la plantilla. Pero no lo van a conseguir.

Esta actitud de la empresa sólo nos confirma que estamos haciendo bien nuestro trabajo, así que seguimos adelante, esta sección va a seguir luchando por los derechos de l*s trabajador*s de Sopra.



Ayer mismo, Sopra recibió una lección de acción directa en su reunión de lanzamiento anual, celebrada en el Palacio Municipal de Congresos. Gracias a la acción de l@s compañer@s, todos y todas las asistentes conocieron de primera mano las actitudes represoras y antisindicales de la empresa en la que trabajan.

Exigimos la readmisión inmediata de los trabajadores represaliados.




¡Ninguna agresión sin respuesta! 

¡Si tocan a una, nos tocan a todas!

martes, 17 de febrero de 2015

#AhoraNosVasAOírTú

Una consultora TIC cualquiera. Un gerente con problemas psicosociales, trabajadores aislados. La combinación perfecta para que el rodillo empiece a pasar por encima de las personas.

En esta empresa todos van en el mismo barco y quien no está dispuesto a remar no tiene lugar en la empresa. Da gusto ver cómo se crean sinergias entre los intraemprendedores que componen la plantilla.

Sin embargo, un día todo cambia. ¿No querías proactividad? Pues toma proactividad.


 

jueves, 22 de enero de 2015

Revocada la sanción impuesta por Sopra Group a un trabajador por negarse a hacer guardias

El pasado mes de marzo, Sopra sancionó con 5 días sin empleo y sueldo y falta grave en el expediente a un trabajador que se negó a hacer esas suplantaciones de puestos de trabajo que el sector llama “guardias” y que l@s informátic@s conocemos tan bien. El trabajador impugnó la sanción y, tras no haber acuerdo entre las partes en el acto de conciliación, se terminó celebrando el juicio.

Acabamos de conocer la sentencia, que podría estar escrita en mayúsculas o en un tamaño de letra gigante, pero no podría resultar más diáfana para expresar que la empresa se quiso pasar de lista y le salió el tiro por la culata.

A lo largo de la sentencia, Sopra -empresa líder en el sector- se lleva por parte del juez una ración de soplamocos digna de Bud Spencer que detallamos a continuación:

1) Como afirma reiteradamente el Tribunal Supremo, “la obligación de cumplir las órdenes del empresario que al trabajador impone el art.5.c), del Estatuto de los Trabajadores, no puede entenderse naturalmente como una obligación absoluta, sino que, como el propio precepto exige, ha de tratarse de órdenes dadas en el ejercicio regular de sus facultades directivas, y el trabajador podrá negarse a cumplirlas, sin incurrir en desobediencia, cuando el empresario actúe con manifiesta arbitrariedad y abuso de derecho”

Traducción:
El art. 5 c) del ET dice que, por norma general, el empresario manda y l@s trabajador@s obedecen. Pero también tienen todo el derecho del mundo a negarse cuando la orden sea un disparate achacable a una dureza facial cercana a la del diamante por parte de la empresa.


2) Es cierto […] que constituye doctrina legal que los trabajadores carecen del poder de autotutela de los potenciales derechos que en cada momento puedan generar u ostentar en el seno de la relación laboral […]. Pero tal imposibilidad de autotutela por parte de los trabajadores se refiere a órdenes impartidas en uso regular del poder ordinario de dirección, incluyendo el ius variandi a que apela la empresa, pero lógicamente no puede llegar más allá, no amparando posibles modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo realizadas por la empresa sin seguir el procedimento que establece el art. 41 del E.T.

Traducción:
Ya sabe todo el mundo que por lo general la regla es “primero te jodes y después reclamas”, pero esta regla se refiere a posibles cambios puntuales en la organización del trabajo. El trabajador no tiene que cumplir Modificaciones Sustanciales de las Condiciones de Trabajo que la empresa le imponga por la cara saltándose las condiciones básicas de trabajo olímpicamente.

Llegamos al gran ZASCA:

3) "Consecuentemente, la orden impartida por la empresa, desobedecida por el actor, resulta a todas luces exorbitante de la forma en que se produce, estando en consecuencia contractualmente legitimado el actor para incumplirla".

Traducción:


Esta sentencia, en resumen, afirma que el artículo 5.c del Estatuto de los Trabajadores no es un cheque en blanco con el que las empresas pueden disponer de la vida de los trabajadores, sino que se acota al ejercicio normal de la empresa dejando posibilidad al trabajador a negarse cuando sea un abuso arbitrario.

Esperamos que este fallo judicial tan sonrojante para Sopra -y por extensión para todas las "empresas" que utilizan las "guardias" de la misma manera- sirva para empezar a controlar ese limbo de disponibilidad y trabajo ininterrumpido que son las guardias.

La sentencia es firme y queda a disposición de quien la quiera utilizar.

Si estás pasando por alguna situación parecida o quieres más información, no dudes en contactar con nosotr@s.


Salud,