sábado, 15 de agosto de 2015

Eximido de trabajar

Hace algunas semanas se conoció la sentencia por la que Sopra Group era condenada a readmitir al trabajador despedido por negarse a hacer guardias. Así pues, la empresa pagará al trabajador todos los salarios desde el día del despido y continuará pagándole el salario.

Sin embargo, en la comunicación enviada, la empresa indica que el trabajador está eximido de ir al puesto de trabajo. 

Sopra se ampara para tomar esta extraña decisión, en el artículo 297 ap. 1 de la Ley reguladora de la jurisdicción social:
Cuando en los procesos donde se ejerciten acciones derivadas de despido o de decisión extintiva de la relación de trabajo la sentencia declare su improcedencia y el empresario que hubiera optado por la readmisión interpusiera alguno de los recursos autorizados por la Ley, éste vendrá obligado, mientras dure la tramitación del recurso, a satisfacer al recurrido la misma retribución que venía percibiendo con anterioridad a producirse aquellos hechos y continuará el trabajador prestando servicios, a menos que el empresario prefiera hacer el abono aludido sin compensación alguna.

Esta sección quiere comentar varias cosas sobre esta decisión:
  1. No se trata de una negociación en la que el trabajador haya aceptado estas condiciones para dejar de trabajar. Es una decisión unilateral de la empresa. La actividad sindical continuará como hasta el momento.    
  2. La empresa pretende con esto mantener a un trabajador que lucha por sus derechos alejado del resto de la plantilla para evitarse problemas. Prefiere pagar un salario por no ir a trabajar, que tener en la empresa a alguien que ha defendido su dignidad y ha ganado.    
  3. Cuando la empresa alegue que no hay dinero para esto o para lo otro, hay que recordar que para lo que les da la gana, no reparan en gastos.

lunes, 3 de agosto de 2015

Sopra Group, condenada a readmitir a un trabajador despedido por negarse a hacer guardias

Seis meses después de los despidos de tres compañeros, se ha publicado la sentencia por la que Sopra será obligada a readmitir a un trabajador al que sancionó y despidió por negarse a hacer unas guardias que habían sido declaradas ilegales por otra sentencia anterior.

Después de varios meses de lucha, el trabajador deberá percibir los salarios de tramitación de los meses en los que ha estado despedido —con su correspondiente cotización a la Seguridad Social— y ser readmitido en la empresa en las mismas condiciones.

Los otros dos compañeros decidieron aceptar el despido, después de que Sopra reconociera la improcedencia y se acordara una indemnización mayor a la que marca la ley.

Después de imponer unas guardias ilegales, sancionar, despedir y llevar al encargadillo de turno a ganarse el sueldo mintiendo como un bellaco en la vista oral (seguro que están a punto de poner la empresa a su nombre), esperamos que Sopra entre en razón y abandone de una vez estas acciones esperpénticas y despóticas contra los y las trabajadoras que solo están defendiendo sus derechos y su dignidad.

Volvemos a insistir, las guardias son voluntarias nadie tiene que aceptar hacer guardias por miedo. Si Sopra te presiona, contactas con nosotr@s. Desde esta sección, con el apoyo de la Coordinadora de Informática de CGT seguiremos, como hemos hecho siempre, defendiendo los derechos de la plantilla

Si bien las sentencias nos están dando la razón, es necesario que todos los y las trabajadoras nos unamos para poder seguir defendiéndonos cada vez con más fuerza.

La lucha es el único camino.